¿En qué consiste?
Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2026, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.
Plazo de presentación
Abierto (Desde 11-02-2025 hasta 25-03-2025)
Beneficiarios
- Pymes con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana con al menos 2 empleados en plantilla a excepción de la línea INNOVATeiC-CV con 1 empleado .
- En el caso de las actuaciones INNOVAProD-CV, INNOVAProC-CV deberán estar encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009)
Importes
Proyecto mínimo 15.000 euros
La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes
considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de
empresa:
Pequeña empresa: hasta el 45%
Mediana empresa: hasta el 35%
Plazos de justificación y desembolso
La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 6 de
octubre de 2026.
El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el proyecto al que
estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones
El IVACE podrá anticipar el pago de la subvención concedida con arreglo a las siguientes
condiciones:
- Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75% de la subvención
concedida. - Medianas empresas, hasta un 50% de la subvención concedida.
Será necesaria la constitución de una garantía del 25% del importe a anticipar
Líneas
- Desarrollo de nuevos productos: INNOVAProD-CV
● Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos
o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.
● El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del
producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
● El proyecto deberá significar un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por
tanto, no realizado con anterioridad.
● El proyecto deberá estar encuadrado en alguno de los entornos de especialización
contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la
Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3CV): - Hacia una economía circular y baja en carbono
- Economía digital disruptiva
- Comunitat Valenciana innovadora por su origen y destino
- Innovación para las personas
Gastos Subvencionables
● Servicios externos: consultoría, ingeniería, diseño, servicios de laboratorios
de ensayos,homologaciones y certificaciones.
● Consultoría y asistencia técnica (mínimo 10% del coste total o 15.000 €).
● Adquisición de patentes y licencias.
● Software necesario para el desarrollo de los nuevos productos Personal
propio
● Adquisición de activos materiales: moldes, matricesy suministros. - Innovación en procesos productivos o logísticos.: INNOVAProC-CV
● Implantación de nuevos, o significativamente mejorados, métodos o técnicas de
producción o logística dentro de la empresa.
● Los proyectos consistirán en la realización de acciones de alguna de estas
tipologías:
a) Readaptación de procesos productivos mediante la aplicación de metodologías de
mejora continua.
b) Puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas
de producción ecoeficientes de la empresa que contribuyan de forma sustancial a la
transición hacia una economía circular mediante la sostenibilidad y circularidad de
los procesos industriales que correspondan a alguna de las siguientes categorías de
actuación:
b.1) Reducción del consumo de materias primas vírgenes: mediante estrategias de
circularidad como la reducción, la reutilización o el reciclaje para alargar la vida útil
de los productos o bien para prevenir el despilfarro y recuperar el máximo valor de
los materiales utilizando subproductos y/o materiales procedentes de residuos.
b.2) Obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño como potenciador
y elemento básico de la circularización de la economía.
b.3) Soluciones tecnológicas ecoinnovadoras circulares orientadas a la mejora de la
gestión de residuos, como por ejemplo el desarrollo de sistemas de tratamiento de
residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material para el
reciclado de calidad o el desarrollo de sistemas que impulsen la preparación para la
reutilización. Simbiosis industrial.
● No serán subvencionables las actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración
de aguas residuales
● Será necesario que la propuesta defina un proyecto de puesta en marcha o
readaptación de procesos, métodos o técnicas de producción para implementar este
tipo de medidas.
● No se consideran apoyables en esta convocatoria proyectos de inversión en
equipamiento, actualización tecnológica de proceso, ni de eficiencia energética
Gastos Subvencionables
● Consultoría y asistencia técnica (mínimo 10% del coste total o 15.000 €).
● Software y licencias necesarias para la mejora de procesos.
● Adquisición de maquinaria o equipamiento para optimizar la producción.
● Personal propio dedicado al desarrollo del proyecto.
- Desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida:
INNOVATeiC-CV.
● Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.
● Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas. Estas nuevas funcionalidades deberán detallarse y tener un alcance sustancial, no siendo admisible la mera adaptación de la solución a un sector determinado.
● Se excluyen soluciones de tipo Marketplace (plataformas de comercialización).
● La comercialización de las soluciones, que pueda llegar a producirse después de la
ejecución del proyecto, deberá materializarse mediante la venta de las licencias o los
dispositivos cuyo desarrollo se ha apoyado. Se admitirá también que la solución se
comercialice a través de fórmulas de pago por uso o similares.
Gastos subvencionables
● Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, relacionados directamente con el desarrollo de las nuevas soluciones.
● Registro de derechos de propiedad industrial.
● Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software que resulten integradas en el producto final.
● Servicios de consultoría e implementación tecnológica.
● Costes de personal vinculado al proyecto.
● Consultoría y asistencia técnica (mínimo 10% del coste total o 15.000 €).
Si estás interesado en solicitar esta ayuda, contáctanos a la siguiente dirección de correo: financiacion@tbig.es
Más Info: https://dogv.gva.es/datos/2025/02/10/pdf/2025_1821_es.pdf