IVF – Préstamos bonificados para empresas afectadas por la DANA
¿En qué consiste?:
Préstamos bonificados para la financiación de empresas que hayan resultado afectadas por la DANA de octubre de 2024 y cuenten con instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los municipios afectados por el temporal.
Los proyectos tendrán por finalidad la reparación, renovación, adecuación, reposición, ampliación o mejora de:
- Construcciones e instalaciones
- Maquinaria, equipos y vehículos
- Existencias
Plazo de solicitud:
ABIERTO
¿Qué requisitos debe cumplir mi empresa para solicitarla?:
Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Empresas que hayan resultado afectadas por la DANA de octubre de 2024 y
cuenten con instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los
municipios afectados por el temporal, en concreto todas las acciones encaminadas a la reparación de los daños sufridos como consecuencia de la DANA y a la recuperación de la actividad. - El beneficiario no puede estar afectado, en general, por cualquier de las situaciones siguientes:
● Incidencias, en registros de impagados, previas a 29 de octubre de 2024.
● Fondos propios negativos a fecha del último cierre contable.
● Pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios.
Características económicas del préstamo:
● Importe:
– Mínimo 200.000€.
– Máximo según volumen de negocios anual:
- Hasta 250.000€ si el solicitante acredita un volumen de negocios
anual que no supere los 2M€. - Hasta 1.000.000€ si el solicitante acredita un volumen de negocios
anual de entre 2M€ y 10M€. - Hasta 1.500.000€ si el solicitante acredita un volumen de negocios
anual de entre 10M€ y 50M€. - Hasta 3.000.000€ si el solicitante acredita un volumen de negocios
anual superior a 50M€.
● Plazos de vencimiento:
– Operaciones de inversión: 4 – 10 años. En las operaciones de inversión el plazo podrá extenderse desde un mínimo de cuatro hasta un máximo de diez años, con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta tres años, incluido en ese plazo.
– Operaciones para reposición de existencias: 2 – 4 años. con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta un año.
● Plazos de carencia de capital:
– Operaciones de inversión: 3 años.
– Operaciones para reposición de existencias: 1 año.
● Tipo de Interés: 0%
● Sin comisiones de apertura ni cancelación anticipada.
Gastos financiables:
● El importe financiable se determinará a partir del importe total de los costes que
tengan la consideración de gastos financiables elegibles.
● Las inversiones objeto de financiación en el marco de esta convocatoria deberán ejecutarse en el ejercicio de la solicitud o en el ejercicio inmediatamente posterior al mismo.
● Serán gastos financiables elegibles los siguientes:
- Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y
otros inmuebles para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo
la adquisición y acondicionamiento de terrenos. - Construcción de instalaciones de energía renovable siempre que los
proyectos no superen una potencia de 30 MWp. - Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y
la comunicación. - Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
- Reposición de existencias.
Si estás interesado en solicitar esta ayuda, contáctanos a la siguiente dirección de correo: financiacion@tbig.es
Bases de la convocatoria: https://prestamos.ivf.es/prestamos/linea-financiacion-ivf-dana