ACTIVA STARTUPS 2024 – Ayudas a la innovación

Abierto el plazo de presentación para solicitar las ayudas a la innovación ACTIVA STARTUPS 2024. ¡Solicítalas con Tbig! Estas ayudas

ACTIVA STARTUPS-TBIG

Abierto el plazo de presentación para solicitar las ayudas a la innovación ACTIVA STARTUPS 2024. ¡Solicítalas con Tbig!

Estas ayudas están destinadas a impulsar el crecimiento y la transformación digital de las empresas a través de la colaboración empresa-startup.

Plazo de presentación
ABIERTO (1/10/2024 – 31/10/2024)

¿En qué consisten las ayudas ?

Objetivo: Impulsar la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa & startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación.

Son subvenciones a fondo perdido.

Cubren los gastos derivados de la colaboración con una startup, en el trabajo de innovación abierta para la resolución de un reto de innovación.

Beneficiarios

PYMEs con domicilio fiscal en España, cuya actividad pertenezca a cualquier sector (exceptuando empresas que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de productos agrícolas), que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup.

La innovación abierta se entenderá como una estrategia de innovación bajo la cual las empresas van más allá de los límites internos de su organización y donde la cooperación con profesionales externos pasa a tener un papel fundamental.

Quedan excluidas las entidades beneficiarias de las ayudas «Activa Startups» en cualquiera de las convocatorias anteriores.

Importes


Subvención del 100% de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 9.500€.
El desembolso se recibirá una vez queden totalmente justificados los gastos directamente relacionados con el proyecto subvencionable. Las actuaciones para las que se solicite el pago deberán estar ejecutadas, justificadas y abonadas para ser subvencionables.

Actuaciones subvencionables


Proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías emergentes como inteligencia artificial, internet de las cosas, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación de alto rendimiento, blockchain, procesamiento de lenguaje natural, ciberseguridad, realidad aumentada, realidad virtual, robótica colaborativa, entre otras.

El período subvencionable será de 3 meses desde la fecha de publicación de la resolución.

Definición de PYME


La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) está constituida por las empresas que cumplen los siguientes criterios:
Nº de empleados < 250 personas
Volumen de negocios anual < 50 millones EUR
Balance general anual < 43 millones EUR.

Definición de Startup


Se entiende por startup a empresas de reciente creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industrial, que cumpla los siguientes requisitos:

  1. No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación. Los
    términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores
    operaciones.
  2. Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  3. El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España o contratos
    mercantiles en el ámbito de la Unión Europea.
  4. No distribuir ni haber distribuido dividendos.
  5. No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.

    Si estás interesado en solicitar esta ayuda, contáctanos a la siguiente dirección de
    correo: financiacion@tbig.es

LINK a la convocatoria BOE

Información sobre los servicios de Tbig: https://www.tbig.es/

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